El 24 de septiembre de 2026, la Autoridad Bancaria Europea publicó su respuesta técnica a la consulta sobre el reglamento MiCA, solicitando a la Comisión Europea incorporar formalmente las actividades de préstamo y endeudamiento con criptoactivos dentro del marco regulatorio del bloque comunitario.
La solicitud del supervisor responde a la expansión de estos servicios financieros en el mercado europeo. Según investigaciones previas citadas por la institución, las operaciones de préstamo y crédito con activos digitales registran actividad en al menos 16 Estados miembros de la Unión Europea.
La autoridad bancaria recomendó que el ejecutivo comunitario ejecute un análisis de costo-beneficio para añadir la intermediación crediticia a la lista de servicios regulados. Esta modificación implicaría la imposición de obligaciones directas de cumplimiento y esquemas permanentes de supervisión sobre las empresas operadoras.
Requisitos prudenciales para intermediarios y protocolos
El organismo propone exigir evaluaciones de idoneidad obligatorias antes de permitir que clientes minoristas tomen préstamos. Asimismo, el supervisor contempla establecer límites de apalancamiento obligatorios y deberes adicionales de divulgación informativa orientados a advertir sobre los riesgos de liquidación del colateral depositado.
La supervisión prudencial también alcanzaría a los proveedores de servicios que facilitan la interacción con plataformas descentralizadas. Para la entidad, el uso de herramientas de inteligencia artificial y aplicaciones intermediarias desdibuja la frontera operativa entre las finanzas tradicionales, los custodios centralizados y el ecosistema DeFi.
Frente a esa complejidad técnica, el regulador propuso un régimen de certificación para protocolos DeFi vinculados a actividades de préstamo. Asimismo, planteó prohibir los esquemas crediticios que utilicen tokens referenciados a activos o fichas de dinero electrónico que carezcan de autorización comunitaria.
Estándares de reservas y supervisión de stablecoins
Las recomendaciones remitidas a la Comisión Europea contemplan ajustes a los filtros para emisores de stablecoins autorizados para operar en la región. El supervisor sugirió revisar el mandato que exige mantener un porcentaje mínimo de las reservas de respaldo depositadas exclusivamente en entidades bancarias.
La entidad bancaria advirtió que los modelos multi-emisor gestionados desde terceros países presentan riesgos significativos de liquidez y contagio. Por ese motivo, recomendó endurecer las salvaguardas legales exigidas a las organizaciones extracomunitarias antes de comercializar fichas estables en jurisdicciones europeas.
Los registros oficiales publicados por la autoridad reflejan que, al 1 de septiembre de 2026, 39 tokens de dinero electrónico contaban con autorización bajo MiCA. En contraste, ningún token referenciado a activos había obtenido aprobación formal de los supervisores nacionales hasta esa misma fecha.
Adaptación operativa del sector frente a las exigencias comunitarias
La aplicación de estándares estrictos de gobernanza propició reestructuraciones corporativas y la salida de plataformas de intercambio en diversos mercados nacionales. La eventual incorporación de los criptopréstamos incrementaría las cargas burocráticas y los controles de balance sobre proveedores de liquidez y plataformas de custodia.
Por otra parte, la autoridad señaló que la clasificación jurídica de los criptoactivos sigue causando discrepancias interpretativas entre reguladores y compañías. Esta disparidad de criterios genera sobrecostos administrativos y demora el despliegue de productos financieros dentro de la Unión Europea.
Para resolver estas divergencias, el dictamen propone clarificar las definiciones legales del reglamento MiCA. El objetivo principal consiste en delimitar de forma precisa las fronteras normativas respecto a leyes financieras consolidadas, entre ellas la directiva comunitaria relativa a los mercados de instrumentos financieros.
Próximos pasos legislativos de la Comisión Europea
El calendario legal de MiCA estableció la entrada en vigor de los títulos sobre stablecoins el 30 de junio de 2024, mientras que las normas para proveedores rigen desde el 30 de diciembre de 2024. Las reformas solicitadas requerirán una revisión legislativa formal.
La Comisión Europea analizará el documento de prioridades antes de definir posibles enmiendas al reglamento. La Autoridad Bancaria Europea confirmó que mantendrá el seguimiento técnico de los criptopréstamos durante 2027 para apoyar la convergencia de criterios en los Estados miembros.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento financiero.

